Lago Puelo: condena tras cambio de carátula por amenazas coactivas y tenencia ilegal de arma

La Fiscalía de Lago Puelo logró modificar la calificación del delito durante el juicio, asegurando una condena en un caso de violencia de género.

Lago Puelo08 de octubre de 2025 Redacción
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La Fiscalía de Lago Puelo consiguió una condena de 3 años y 2 meses de prisión para Edgardo Matus, tras un juicio oral en el que se probó su responsabilidad por amenazas coactivas y tenencia ilegal de arma de fuego. Lo destacado del caso fue que, durante el debate, el equipo fiscal logró cambiar la carátula legal del delito, pasando de amenazas simples a amenazas coactivas, gracias a los testimonios y pruebas presentadas en sala.

 
Cambio de carátula: clave para la condena
Inicialmente, el acusado estaba imputado por amenazas simples, pero los fiscales demostraron que su conducta tenía un propósito coercitivo, buscando obligar a la víctima a retirar denuncias previas y volver a convivir con él.

“El cambio de calificación permitió probar que las amenazas eran coactivas, es decir, destinadas a forzar a la víctima a actuar en contra de su voluntad”, explicaron desde la Fiscalía de Lago Puelo.
El hallazgo de un arma de fuego sin permiso legal durante un allanamiento reforzó la acusación y consolidó la condena.

 
Hechos y pruebas
El hecho ocurrió a fines de 2023, en un contexto de violencia de género, y el condenado tenía antecedentes de violencia contra la misma víctima.

El juez ponderó:

Testimonio creíble de la víctima, que constituyó la prueba principal.
Declaraciones policiales que confirmaron la angustia de la mujer.
Informe pericial de psicología forense que validó la versión de la víctima.
Prueba material: el arma y las municiones halladas en el lugar señalado por la víctima.
La pena se fijó considerando agravantes como el uso del arma para intimidar, la vulnerabilidad de la víctima y el entorno de violencia de género.

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