Condenan a aseguradora por rechazar un siniestro fuera de plazo: rompió dos cubiertas por el mal estado de la ruta

En Villa Regina, la Justicia condenó a una aseguradora por rechazar fuera de término un siniestro ocurrido en la Ruta 151, donde un conductor rompió dos cubiertas por el mal estado del camino.

Río Negro18 de junio de 2025 Redacción
llanta
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Un automovilista que transitaba por la Ruta Nacional 151 rumbo a Villa Regina sufrió la rotura de dos cubiertas a causa del mal estado del camino. Pese a contar con cobertura, su aseguradora rechazó el siniestro un mes y medio después, fuera del plazo que establece la ley. La Justicia condenó a la empresa y ordenó el pago de una indemnización por daños materiales y morales.

El hecho ocurrió a la altura del kilómetro 256, donde el conductor sintió un fuerte impacto que obligó a detener la marcha. El daño afectó las cubiertas y llantas, por lo que el hombre realizó la correspondiente denuncia ante su compañía de seguros, Triunfo Cooperativa de Seguros Limitada, acompañando fotografías, presupuestos y la documentación solicitada.

Pese a haber cumplido con el plazo legal de tres días para denunciar el hecho, la empresa respondió cuarenta y cinco días después, alegando que el asegurado solo contaba con responsabilidad civil contra terceros y rechazó nuevamente la cobertura.

El caso llegó a la Justicia Civil de Villa Regina, donde la jueza interviniente determinó que el retraso en la respuesta de la aseguradora violó lo establecido en la Ley del Contrato de Seguro, que obliga a las empresas a responder dentro de los treinta días de recibida la denuncia. La falta de pronunciamiento en ese período implica la aceptación del siniestro.

El fallo obligó a la aseguradora a indemnizar al conductor por la reparación de las llantas y cubiertas, la privación de uso del vehículo y el daño moral sufrido.

La sentencia sienta un precedente importante sobre los derechos de los asegurados ante siniestros viales y la responsabilidad de las compañías de cumplir con los plazos establecidos por ley.

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