Facundo Jones Huala continúa preso e internado en Chile: el reclamo de libertad llega a la Corte Suprema

La Cámara de Apelaciones de Temuco rechazó el amparo de la defensa que fundamentaba que la condena estaba cumplida. Hay otro análisis del cómputo de la pena.

Nacionales11 de julio de 2024 Redacción
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El recurso de amparo constitucional que presentó la Defensa Pública de Chile ante la Corte de Apelaciones de Temuco para exigir la libertad del líder mapuche Facundo Jones Huala fue rechazado y el caso ahora llega a la Corte Suprema ante la apelación de los abogados oficiales.

El letrado argentino Gustavo Franquet, que asistió a Jones Huala en el proceso de extradición, confirmó el rechazo del recurso judicial que la semana pasada había impulsado la defensoría penal pública penitenciaria de la Región de la Araucanía, Giegliola Viviana Burgos Pérez. Confirmó además que se apeló la decisión y deberá resolver el máximo tribunal del país trasandino.

En tanto, Franquet indicó que el juzgado federal de Bariloche, que tramitó la extradición, no recibió hasta el momento información oficial de Chile tras el pedido realizado semanas atrás por el juez subrogante Gustavo Vilanueva, quien habilitó enviar a Jones Huala al país vecino para completar la condena emitida en diciembre de 2018, que concluiría el 26 de junio de este año.

Según se señaló el rechazo del tribunal de Temuco surgió porque se considera que no está cumplida la sentencia, como insiste la defensa del líder mapuche que inició una huelga de hambre el 26 de junio y hasta ayer permanecía internado en un hospital de Temuco.

El juez Pierre de Baeremaecker Quiroz fue quien rechazó el amparo que reclama la liberación inmediata de Jones Huala atendiendo los fundamentos de Gendarmería, que es la institución que administra el servicio penitenciario y que computa la culminación de la pena en junio de 2025.

El fallo difundido por el medio chileno indica que “dicho cómputo del saldo, tanto en la ficha referida como en las sentencias señaladas, se encontraba desactualizado, toda vez que consideraba el cumplimiento de la pena de manera ininterrumpida, lo cual no se condice con los hechos, ya que el cumplimiento efectivo de la sentencia cesó desde la fecha que se revocó la libertad condicional, que en su oportunidad había sido otorgada por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco, período de fuga que no debiese computarse como parte del cumplimiento efectivo de la pena”.

Según este análisis del cómputo de la pena, que se conoce ahora, se extendió el plazo por el casi año que Joens Huala estuvo prófugo, aunque sí se le computó a su favor el tiempo que permaneció detenido en Argentina desde que fue atrapado en El Bolsón a fines de enero de 2023 hasta su envío a Chile, en enero de este año, tras el proceso de extradición.

“No se puede ni por vía de la sentencia correspondiente de extradición ni menos aún por parte de este Tribunal, en esta audiencia, condonar un saldo de cumplimiento de pena, que no se ha cumplido ni de manera efectiva ni mediante un beneficio como es el de la libertad condicional”, indica la sentencia que fue apelada por la Defensa Pública.

Fuente: Río Negro.

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