
Condenan a hombre en Esquel por abuso sexual a una niña de 5 años
La Fiscalía probó que el acusado aprovechó la confianza familiar para cometer abuso; el Servicio de Asistencia a la Víctima acompañó el proceso.
Según la acusación, el acusado apuñaló a la víctima de manera traicionera, sin darle la posibilidad de defenderse.
Esquel29 de agosto de 2025 RedacciónEl jurado popular, luego de escuchar los alegatos finales de la Fiscalía y la Defensa, declaró culpable a Gastón Nahuelquier por el homicidio doblemente agravado de Adrián Nahuelquir. La decisión se basó en la acusación de la Fiscalía, que sostuvo que el crimen fue cometido con alevosía y motivado por el odio hacia la víctima por su condición de policía. La pena que prevé el Código Penal para ambos agravantes es la de prisión perpetua, esto será discutido en una nueva audiencia este jueves al medidía.
Durante el juicio, la Fiscalía, representada por la fiscal María Bottini y el procurador de fiscalía Ismael Cerda, presentó una serie de pruebas contundentes para sostener su acusación. En su alegato de cierre, los representantes del Ministerio Público Fiscal se refirieron a los testimonios de testigos presenciales que confirmaron que el ataque fue sorpresivo y por la espalda.
Según la acusación, el acusado apuñaló a la víctima de manera traicionera, sin darle la posibilidad de defenderse. Los testigos describieron que el ataque fue rápido y que nadie lo vio venir. Además, la Fiscalía presentó pruebas que demostraron que la herida mortal fue en la espalda, lo que reforzó la tesis de la alevosía, es decir, de actuar sobre seguro y sin riesgo para el agresor.
El otro agravante fue que el homicidio se motivó en el odio hacia Adrián Nahuelquir por su condición de policía. Varios testigos declararon que, antes y durante el ataque, el acusado y su hermano agredieron verbalmente a la víctima con insultos relacionados con su profesión. "Te la puse, milico puto" o "me ensucié las manos por un milico de mierda" fueron algunas de las frases que se escucharon.
La Defensa, por su parte, argumentó que el acusado actuó en legítima defensa de su hermano. Sin embargo, esta versión fue desestimada por la Fiscalía, que aseguró que no hubo una agresión previa por parte de la víctima y que, además, había pasado un tiempo considerable desde un incidente anterior, lo que descarta cualquier posibilidad de legítima defensa.
La Fiscalía probó que el acusado aprovechó la confianza familiar para cometer abuso; el Servicio de Asistencia a la Víctima acompañó el proceso.
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