Río Negro deberá indemnizar a los hijos de una víctima de femicidio cometido por un policía

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la responsabilidad del Estado provincial por el crimen ocurrido en Dina Huapi. La víctima fue asesinada con el arma reglamentaria del efectivo, quien se encontraba de licencia.
 
Río Negro19 de septiembre de 2026 Redacción
stj
Gentileza Diario Río Negro 

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro confirmó la sentencia que obliga a la Provincia a indemnizar a los hijos de una mujer asesinada por su pareja, un integrante de la Policía provincial que utilizó su arma reglamentaria para cometer el femicidio.

El hecho ocurrió durante la madrugada del 20 de noviembre de 2014 en Dina Huapi. El policía, que tenía rango de sargento ayudante y se encontraba de licencia, disparó contra su pareja y luego se quitó la vida.

En una habitación contigua estaban dos hijos de la víctima, quienes lograron escapar por una ventana y pedir ayuda a una vecina.

Según informó Diario Río Negro, los hijos y una hermana de la mujer iniciaron una demanda por daños y perjuicios contra la Provincia. Argumentaron que el responsable mantenía su estado policial y estaba obligado a portar el arma reglamentaria con la que cometió el crimen.

En primera instancia, la Justicia admitió la demanda. Posteriormente, la Cámara de Apelaciones en lo Civil de Bariloche confirmó la condena y estableció una indemnización superior a los 38 millones de pesos, más los intereses correspondientes.

La Fiscalía de Estado presentó un recurso de casación ante el STJ para intentar revertir el fallo. Sin embargo, el máximo tribunal provincial rechazó el planteo en una votación dividida, definida por el presidente del cuerpo, Ricardo Apcarian.

La portación permanente del arma, eje del fallo

Las juezas Liliana Piccinini y Cecilia Criado consideraron que la obligación de portar el arma reglamentaria, incluso durante los días de franco o licencia, genera un vínculo directo entre la función policial y el daño provocado.

A ese criterio adhirió Apcarian, quien sostuvo que el Estado crea un riesgo al imponer a sus agentes la portación permanente del arma, tanto dentro como fuera del horario de servicio.

Los jueces Sergio Ceci y Sergio Barotto votaron en disidencia. Entendieron que se trató de una conducta personal del efectivo, ocurrida fuera del ejercicio de sus funciones y en un ámbito privado.

Con la decisión mayoritaria, el STJ ratificó la responsabilidad de la Provincia y dejó firme la indemnización destinada a los hijos de la víctima.

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