
Allanamientos en El Maitén por el hurto de 105 cajas de plantines de frutilla
La Fiscalía llevó adelante cinco procedimientos y un registro vehicular en el marco de una investigación por hurto agravado.
El Tribunal Unipersonal coincidió con el planteo de la Fiscalía y condenó al gasista matriculado, Juan Manuel Cottet, a la pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso e inhabilitación por el mismo plazo para ejercer su oficio.
El Maitén 08 de agosto de 2025 RedacciónEl juez entendió que el acusado actuó elevando el nivel de riesgo propio de su trabajo por encima de lo permitido, por lo que debe responder por el delito de lesiones leves culposas.
Hubo aspectos de la acusación en los que no hubo discusión con la defensa. Ambas partes estuvieron de acuerdo en que, entre mayo y junio del año 2022, el señor Juan Manuel Cottet, junto con el señor Carlos Jorge Jordi concurrieron a revisar tareas de mantenimiento, refacción e instalación en la escuela primaria 93 y la escuela secundaria 7719, ambas escuelas funcionan en un mismo inmueble en Paraje Buenos Aires Chico de la localidad El Maitén. Primero hizo reparaciones en los baños, luego en las dos calderas ya existentes y por último, y esto es lo que más importancia tiene para el caso, instaló una caldera nueva. Esta tarea se realizó sin dar aviso formal a Camuzzi y sin ninguna habilitación por parte de Camuzzi.
Para el día 22 de junio, el señor Cottet con la ayuda del señor Jordi había instalado la caldera, esta tenía provisión de gas y el escape de aire de la caldera se había hecho debajo de un alero. Ese mismo día, 22 de junio del año 2022, se constató que 74 alumnos de la escuela secundaria 7.719 y tres docentes del mismo establecimiento sufrieron una intoxicación. Luego de analizar las distintas pruebas llevadas por la Fiscalía, los indicios y la convención probatoria realizada por las partes, el juez Martín O’Connor concluyó que esa intoxicación por monóxido de carbono se debió a esa caldera, a la instalación de esa caldera.
En lo que difirieron la partes es en la significación jurídica de esa conducta. Si se puede o no responsabilizar al gasista por las intoxicaciones. La Fiscalía sostuvo que Cottet inobservó los reglamentos que debía cumplir y los deberes a su cargo, y en base a esa inobservancia se produjo la intoxicación de 77 personas. La defensa por su parte planteó que el escape de gases se debió a que la obra estaba sin terminar y el responsable no sería el gasista sino quién prendió la caldera.
El juez le dio la razón a la Fiscalía aplicando la teoría de la imputación objetiva. “Lo que sostiene esta teoría es que la sociedad en los últimos 100 años ha cambiado mucho. Los avances tecnológicos nos han llevado a tener una sociedad muy distinta de la que existió en el pasado. Una sociedad llena de riesgos, de cosas riesgosas”, expuso el juez.
El magistrado coincidió con la fiscal Débora Barrionuevo, en que Cottet es responsable porque incumplió los reglamentos legalmente establecidos por el ente regulador del gas.
Asimismo, cabe destacar que el señor Carlos Jorge Jordi, ayudante del gasista matriculado condenado, quedó sobreseído en la causa a pedido de la Fiscalía ya que las pruebas del juicio determinaron que el no fue el autor ni responsable de las lesiones.
La Fiscalía llevó adelante cinco procedimientos y un registro vehicular en el marco de una investigación por hurto agravado.
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