


Fiscalía pidió la condena del gasista por la intoxicación en una escuela de Buenos Aires Chico



El hecho ocurrió el 22 de junio, en un edificio que alberga las escuelas 93 y 7719 del paraje Buenos Aires Chico. La defensa alegó que la obra no estaba finalizada y que el gasista no fue quién encendió la caldera, basado en esos argumentos pidió al juez su absolución.
En su alegato de cierre, el Ministerio Público Fiscal argumentó que Cottet inobservó los reglamentos y deberes a su cargo, lo que derivó en las intoxicaciones. La Fiscal Débora Barrionuevo indicó que el imputado es el responsable de la instalación de la caldera en la escuela y que esa instalación se hizo en forma clandestina y negligente. Subrayó que Cottet, en su rol de gasista matriculado, llevó a cabo la obra sin declarar los trabajos ante la empresa distribuidora de gas, Camuzzi. Tampoco se realizaron las inspecciones y aprobaciones necesarias, calificando la ampliación de la instalación existente como "clandestina". Según la normativa vigente (NAG 200), el matriculado debe presentar un proyecto con planos y someter la obra a varias inspecciones antes de su habilitación. La fiscal resaltó que Cottet inició los trabajos deliberadamente sin la intervención de Camuzzi.
Además, el MPF hizo hincapié en que la instalación no cumplía con las condiciones mínimas de seguridad. El conducto de evacuación de gases de la caldera, un artefacto de alta potencia, debía elevarse a los "cuatro vientos" (en un área libre de obstáculos), pero en su lugar fue colocado debajo de un alero, cerca de un hueco en el techo. Esta disposición incorrecta permitió que los gases tóxicos, en lugar de dispersarse, ingresaran al entretecho y se filtraran al interior del establecimiento, provocando la intoxicación masiva.
Finalmente solicitó que se le imponga una pena de 3 años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial por el mismo período.
Pedidos de absolución
Barrionuevo solicitó la absolución de Juan Manuel Cottet por el delito de encubrimiento, ya que las pruebas lo señalan como autor. En cuanto al segundo imputado, Carlos Jorge Jordi, la fiscal argumentó que no se probó su participación en ninguno de los dos delitos por los que fue acusado, por lo que pidió su absolución.
El veredicto
El juez Martín O’Connor dará a conocer su veredicto este viernes 8 de agosto, a las 10 hs. en la Oficina Judicial de Lago Puelo.




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