Cocinera cayó por una escalera congelada en un refugio del Catedral: condenan a ART

El accidente ocurrió cuando trasladaba insumos para la cocina, una de las tareas habituales de su puesto. El golpe en la espalda le provocó una lesión que, según determinó la sentencia, dejó una incapacidad permanente relevante.

San Carlos de Bariloche02 de julio de 2025 Redacción
lynch catedral

Una cocinera que trabajaba en el Refugio Lynch, en la cima del Cerro Catedral, sufrió una caída al descender por una escalera congelada en plena temporada invernal. El accidente ocurrió cuando trasladaba insumos para la cocina, una de las tareas habituales de su puesto. El golpe en la espalda le provocó una lesión que, según determinó la sentencia, dejó una incapacidad permanente relevante.

Una Cámara Laboral de Bariloche condenó a Federación Patronal Seguros S.A., la aseguradora de riesgos del trabajo, a indemnizar a la trabajadora por la incapacidad que le generó la caída. La ART había considerado que no existían secuelas derivadas del accidente y cerró el caso sin otorgar indemnización, pese a los reclamos posteriores.

Durante el juicio, dos pericias fueron determinantes: una médica y otra psiquiátrica. Ambas concluyeron que la caída sobre el piso helado generó una lumbalgia postraumática, con alteraciones clínicas y radiográficas, además de un cuadro depresivo vinculado al evento laboral. El tribunal consideró que esas secuelas justificaban una indemnización bajo los parámetros de la Ley de Riesgos del Trabajo.

La aseguradora intentó desligarse de responsabilidad: alegó que no había incapacidad, pero no ofreció pruebas médicas que contradijeran los informes periciales presentados. Tampoco envió consultores técnicos a las entrevistas con las peritos designadas. La sentencia rechazó esa estrategia defensiva y valoró de manera central la evidencia producida por las expertas intervinientes.

Una de las pericias sostuvo que el accidente “habría actuado por mecanismo idóneo para poner de manifiesto o agravar” las dolencias preexistentes en la columna vertebral de la trabajadora. La Cámara dio por probado que ese golpe funcionalizó o aceleró un deterioro físico preexistente y lo encuadró como un daño indemnizable.

“La dolencia que padece tiene su origen de índole laboral, en función del accidente que sufriera mientras desempeñaba sus tareas, habiendo sido el mecanismo del accidente el que pusiera de manifiesto o agravara el cuadro de discopatías”, mencionaron en el fallo los integrantes del tribunal.

Con esos argumentos, los jueces y jueza que integraron el tribunal hicieron lugar a la demanda y ordenaron el pago de una indemnización en favor de la trabajadora.

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