
Río Negro avanza con el “Código Mariposa” para garantizar un duelo respetado
La Legislatura aprobó en primera vuelta el Código Mariposa, un protocolo para la atención respetuosa ante muerte gestacional, perinatal o neonatal en Río Negro.
La justicia responsabilizó a una estación de servicios de Bariloche por daños en un vehículo tras detectar agua y partículas metálicas en el diésel premium vendido.
20 de diciembre de 2024 Redacción


Un estudio técnico confirmó que el combustible premium diésel vendido en la estación Puma Ñireco de Bariloche estaba adulterado, lo que derivó en la condena de la empresa Petróleo y Servicios S.A. por daños ocasionados a un cliente.
El caso se remonta a febrero de 2019, cuando un conductor cargó combustible en la estación y, poco después, su vehículo comenzó a presentar fallas graves, incluyendo pérdida de potencia y encendido de luces de advertencia. Un análisis técnico realizado por INVAP detectó agua y partículas metálicas tanto en el tanque del vehículo como en muestras tomadas directamente de la estación Puma Ñireco.
El fallo del juzgado consideró que la venta de combustible adulterado violó la Ley de Defensa del Consumidor, que obliga a los proveedores a garantizar la calidad y seguridad de sus productos. La empresa demandada no compareció durante el proceso ni presentó pruebas que desmintieran las acusaciones, lo que llevó al tribunal a aplicar la presunción de veracidad a favor del consumidor.
La sentencia incluyó el resarcimiento de los costos de reparación del vehículo, los gastos de alquiler de un rodado similar y una multa por daño punitivo, destacando la conducta negligente de la empresa. Sin embargo, se rechazaron los reclamos por desvalorización del vehículo y daño moral por falta de pruebas suficientes.
El juez también subrayó que esta no era la primera vez que la estación enfrentaba reclamos por combustible adulterado, ya que en un caso anterior se habían presentado pruebas similares.
Aunque el fallo aún no está firme y puede ser apelado, representa un precedente significativo en la defensa de los derechos de los consumidores y en la exigencia de mayor responsabilidad a las empresas proveedoras de combustible.
Fuente: Prensa Poder Judicial de Río Negro.



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