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Luego de que su perro se peleara con el de una vecina, un hombre empuñando un arma de fuego efectuó un disparo en la cabeza del animal del domicilio lindero. Por el hecho quedó detenido y se le formularon cargos por maltrato animal agravado.
06 de agosto de 2024 RedacciónMediante plataforma Zoom se llevó a cabo este lunes una audiencia de formulación de cargos a un hombre que fue detenido el día sábado por un hecho de maltrato animal agravado por el uso de arma de fuego.
La fiscal adjunta que lleva adelante la investigación le atribuyó el hecho ocurrido el día 2 de agosto en horas del mediodía, en la vía pública, en calle Patagonia, cerca del Paralelo 42°, en la localidad de El Bolsón.
El perro de la víctima -relata la acusación- se encontraba en una pelea con el perro del imputado, y es cuando éste empuñado con un arma de fuego le efectuó un disparo en la cabeza al can de su vecina, hiriéndolo sin causarle la muerte. Se le imputa al hombre el haber ejercido un acto de crueldad al animal, lastimándolo intencionalmente con el fin de causar su muerte.
Describió la agente fiscal adjunta, la evidencia colectada hasta el momento; el acta de denuncia penal realizada por la dueña del perro herido, acta de constatación del lugar, realizada por personal de la Unidad N° 12 de la localidad de El Bolsón, el croquis ilustrativo del lugar del hecho, el informe realizado por el Cuerpo de Investigación Judicial, radiografía del animal herido realizada en una veterinaria de esa localidad y capturas de pantalla de mensajes de WhatsApp que envió la pareja del imputado a la dueña del perro.
El acusado fue asistido por una defensora penal particular quien no planteó objeciones.
El Juez de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos por el hecho relatado que constituye el delito de maltrato animal agravado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para producir disparos ha sido acreditada, en calidad de autor, de acuerdo a lo normado en el artículo 3 inciso 7 de la Ley 14.346 -Ley de maltrato y crueldad a los animales - y el artículo 41 bis del Código Penal.
Otorgó cuatro meses de plazo para llevar adelante la investigación e impuso una medida cautelar de prohibición de acercamiento y contacto con la víctima y la presentación cada quince días en la fiscalía, para estar sujeto a proceso.
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