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Nuevo fallo confirmando la condena de Walter Alexis Díaz, a un año de prisión de ejecución condicional y costas del proceso, por el delito de abuso sexual simple. La Sala Penal del STJ resolvió “desechar la queja” presentada por el defensor. La condena ya había sido confirmada meses atrás por la Cámara Penal de Esquel.
26 de junio de 2024 Redacción
Los ministros Alejandro Javier Panizzi y Camila Banfi Saavedra, consideraron que la impugnación no demostró que la Cámara se hubiera apartado de las reglas legales o que las conclusiones que justifican la decisión fueran mera voluntad de los jueces, prescindiendo de las pruebas. “… Los argumentos empleados por el señor defensor solo discrepan con las premisas fijadas en la sentencia cuyo control pide. Pero tal oposición o anula el fallo…”, indica la resolución.
El hecho
La noche de los hechos, el imputado reunió a un grupo de jóvenes en su casa, distante a algunos kilómetros de la localidad de El Maitén. Comieron y bebieron. El grupo se fue y quedó uno de los jóvenes que había bebido más de lo habitual, y una chica amiga de este. El imputado les dijo que se queden a dormir, que el chico no estaba en condiciones de irse y que él los llevaría a la mañana.
Cuando el chico se acostó y comenzó a dormirse, el imputado se acercó a la cama, levantado las frazadas e intempestivamente lo manoseó. El joven reaccionó y el imputado lo pinchó en ambas piernas. Si bien no pudo determinarse si le habría inyectado algo, la víctima sintió debilidad y adormecimiento en su cuerpo.
Tanto para el juez de juicio, como para la Cámara Penal, los dichos de la víctima son coherentes y merecen plena credibilidad.

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