


Homicidio en Ñorquinco: ratificaron la prisión preventiva del imputado



La Justicia de Río Negro resolvió mantener detenido a Roberto Dalmacio Cayunao, imputado por el homicidio simple de Jesús Daniel González, ocurrido en Ñorquinco en julio pasado. El juez de Garantías Ricardo Calcagno rechazó este martes el pedido de prisión domiciliaria con tobillera electrónica y confirmó que el acusado continuará alojado en el Establecimiento de Ejecución Penal N° 3 de San Carlos de Bariloche.
La medida se mantendrá, en principio, hasta el 13 de noviembre de 2026, fecha establecida para la finalización de la investigación penal preparatoria. Para el magistrado, continúan vigentes los riesgos procesales que habían fundamentado la prisión preventiva.
La defensa había pedido la domiciliaria en El Bolsón
Durante la audiencia, el defensor Maximiliano Geido solicitó que Cayunao pudiera cumplir la prisión preventiva en el domicilio de su hermano, ubicado en el barrio 40 Viviendas de El Bolsón, con monitoreo mediante tobillera electrónica.
El abogado fundamentó el planteo en el principio de inocencia y en la posibilidad de que el proceso se desarrolle con el imputado en libertad. También sostuvo que la prisión preventiva no debe convertirse en una pena anticipada.
La defensa destacó además que Cayunao se entregó voluntariamente y permaneció a disposición de la Justicia desde el inicio de la causa. Como argumento adicional, planteó la situación económica de su familia: el acusado trabajaba formalmente como peón rural y, según explicó su abogado, su pareja cuenta con pocos recursos mientras que uno de sus hijos tiene una incapacidad que le impide realizar trabajos de fuerza.
En ese contexto, Geido propuso que el imputado pudiera realizar trabajos de carpintería desde el domicilio de su hermano para generar ingresos y colaborar con el sostenimiento familiar.
Fiscalía y querella se opusieron
El fiscal Francisco Arrién rechazó el pedido de arresto domiciliario y solicitó que Cayunao continúe en un establecimiento penitenciario. Para la Fiscalía, persisten los riesgos de entorpecimiento de la investigación e intimidación de testigos.
Arrién puso especial énfasis en que los principales testigos son vecinos de Ñorquinco, una localidad donde existe un conocimiento cercano entre sus habitantes. Según sostuvo, esa circunstancia podría facilitar eventuales presiones sobre quienes deben declarar en la causa.
El fiscal también señaló que todavía faltan informes técnicos necesarios para evaluar una eventual prisión domiciliaria, entre ellos el estudio socioambiental, el consentimiento formal del responsable del domicilio propuesto y el informe de la UADME respecto de la viabilidad del monitoreo electrónico.
El abogado querellante Matías Aciar adhirió al planteo de la Fiscalía y sostuvo que no surgieron circunstancias nuevas que permitan modificar la medida cautelar. También cuestionó la posibilidad de alojar al acusado en dependencias policiales de El Bolsón y mencionó la existencia de familiares del imputado dentro de la fuerza policial local.
El crimen ocurrió durante los festejos en Ñorquinco
El hecho investigado ocurrió durante la madrugada del 12 de julio de 2026, entre la 1 y las 1:30, en las inmediaciones del monumento a Las Madres, en la Plaza San Martín de Ñorquinco.
Según la acusación fiscal, en ese lugar vecinos se encontraban festejando el triunfo de la Selección Argentina de fútbol cuando se produjo un altercado. En medio del tumulto, Cayunao habría atacado por la espalda a González con un cuchillo de aproximadamente 30 centímetros de largo.
La víctima sufrió una herida de gravedad y fue trasladada al hospital de El Maitén, donde finalmente murió.
El juez ratificó la prisión preventiva
Al resolver el planteo, el juez Ricardo Calcagno rechazó la morigeración de la prisión preventiva y confirmó que Cayunao continuará detenido en el Penal N° 3 de Bariloche hasta el 13 de noviembre de 2026.
El magistrado reconoció que la privación de libertad genera consecuencias laborales y económicas, pero sostuvo que esas circunstancias son propias de una medida de detención ordenada judicialmente y no implican que la prisión preventiva constituya una pena anticipada.
Calcagno consideró que los riesgos procesales continúan vigentes, especialmente por el conocimiento previo entre el acusado y personas que deben declarar en la investigación.
También descartó que las condiciones de alojamiento justificaran modificar la medida y señaló que el detenido cuenta con condiciones de alimentación, alojamiento, higiene y esparcimiento acordes con las exigencias judiciales.
Tras conocer la resolución, la defensa dejó planteada la reserva de impugnación, por lo que la decisión podrá ser cuestionada por las vías procesales correspondientes.
Fuente: Río Negro.




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