Cuestionó la higiene de una pollería en Facebook: deberá indemnizar a sus dueños y publicar el fallo

La Justicia Civil de Bariloche consideró que la mujer difundió afirmaciones sin pruebas suficientes que afectaron la reputación de los comerciantes. Además de pagar una indemnización con intereses, deberá compartir la sentencia en el mismo grupo donde realizó las publicaciones. El fallo todavía puede ser apelado.
San Carlos de Bariloche22 de septiembre de 2026 Redacción
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Una serie de publicaciones en Facebook sobre las condiciones de higiene de una pollería terminó con una condena judicial. Una mujer deberá indemnizar a los propietarios del comercio y publicar la sentencia en la misma plataforma donde difundió los comentarios cuestionados.

El conflicto comenzó cuando la mujer afirmó en un grupo de Facebook que desde el establecimiento alimentaban a chimangos y gatos con restos de pollo. También señaló que las aves trasladaban esos restos hacia propiedades cercanas, lo que atraía ratas, y puso en duda las condiciones en las que se elaboraban los alimentos.

El grupo tenía alrededor de 12.000 integrantes cuando los comerciantes recurrieron a un escribano para dejar constancia de las publicaciones. Entre las expresiones analizadas por la Justicia, la mujer calificó a los propietarios como “gente desagradable”.

Los dueños de la pollería aseguraron que las acusaciones eran falsas y señalaron que los mensajes los expusieron ante una comunidad en la que eran reconocidos como responsables del negocio. También indicaron que otros usuarios se sumaron a los comentarios, lo que amplificó la difusión del conflicto.

Ante esta situación, presentaron una demanda por daños y solicitaron una indemnización económica. Además, reclamaron que la sentencia fuera publicada en el mismo grupo de Facebook.

Las pruebas no respaldaron las acusaciones

La mujer negó haber intentado difamar a los comerciantes. Explicó que había iniciado una campaña para conseguir que dejaran de alimentar a los chimangos y sostuvo que también había presentado denuncias ante organismos municipales.

Como parte de su defensa, relató que un chimango había dejado caer un trozo de pollo en el patio de su vivienda mientras se encontraba allí con una amiga. Sin embargo, las pruebas incorporadas al expediente no permitieron establecer que los responsables del negocio alimentaran a las aves.

Ninguno de los testigos pudo afirmar que hubiera visto a los comerciantes dar comida a gatos o chimangos. Una mujer confirmó que un ave había dejado caer un pedazo de pollo en la propiedad de la demandada, pero aclaró que no había observado previamente a los dueños de la pollería alimentar al animal.

Otro testigo aseguró que había filmado al propietario mientras daba comida a las aves. Al revisar el registro, el juez concluyó que esa acción no podía verse ni escucharse. Las imágenes mostraban numerosas aves en inmediaciones del comercio, aunque el comerciante no aparecía alimentándolas. Otros testimonios indicaron que la presencia de chimangos era habitual en la zona.

La sentencia también analizó las denuncias realizadas ante el municipio. Un informe incorporado a la causa señaló que habían sido declaradas nulas y que no derivaron en infracciones ni multas. Tampoco se acreditaron sanciones relacionadas con la manipulación de residuos, la limpieza del establecimiento o la elaboración de los productos.

Deberá publicar la sentencia en Facebook

El juez sostuvo que cualquier persona puede presentar reclamos ante los organismos correspondientes, pero debe responder por las consecuencias de determinadas expresiones cuando las difunde públicamente.

En este caso, consideró relevante que la mujer hubiera cuestionado la higiene del comercio y calificado a sus propietarios como “gente desagradable” sin contar con pruebas concretas. El fallo remarcó que esas acusaciones podían afectar directamente la actividad con la que los comerciantes obtenían su sustento.

Por ese motivo, la Justicia hizo lugar a la demanda y condenó a la mujer a pagar una indemnización, más los intereses correspondientes desde la publicación de los mensajes hasta el momento del pago.

También ordenó que publique la sentencia en el mismo espacio de Facebook donde aparecieron los comentarios. Una vez notificada, tendrá diez días para acreditar el cumplimiento de esa medida en el expediente. En caso contrario, podrán aplicarse sanciones económicas.

La resolución fue dictada en primera instancia y todavía no se encuentra firme, ya que puede ser apelada.

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