


Confirmaron la condena a un médico por abuso sexual ocurrido en Lago Puelo





La Cámara en lo Penal de Esquel rechazó parcialmente el recurso de impugnación presentado por la defensa y ratificó la sentencia contra Fabián Esteban Díaz, quien fue condenado por un caso de abuso sexual ocurrido en Lago Puelo.
El fallo confirmó la decisión adoptada luego de un juicio por jurados, en el que el jurado popular consideró probado el hecho a partir de la prueba presentada por la Fiscalía. La resolución de la Cámara modificó únicamente el monto de la pena.
De este modo, Díaz fue condenado a 8 años y medio de prisión de cumplimiento efectivo, además de la inhabilitación especial perpetua para ejercer la medicina.
La Cámara avaló la prueba presentada en el juicio
El tribunal de alzada realizó un análisis integral de la prueba incorporada durante el proceso y concluyó que el veredicto del jurado popular contó con sustento probatorio suficiente y una adecuada valoración jurídica.
Los jueces también validaron el testimonio de la denunciante. En ese sentido, señalaron que las precisiones progresivas sobre la modalidad de la agresión resultan compatibles con los procesos de develación de traumas sexuales y no implican contradicciones ni afectan su credibilidad.
Otro de los planteos analizados estuvo relacionado con la cobertura mediática del caso. La Cámara descartó que las publicaciones periodísticas hayan interferido en la objetividad del jurado, debido a que no se acreditó que sus integrantes hubieran tenido contacto con esos contenidos durante el juicio ni que estos hubieran condicionado su decisión.
Violencia de género y abuso de la función profesional
La resolución también confirmó que el contexto de violencia de género podía ser considerado como una circunstancia agravante al momento de establecer la pena, descartando que ello implicara una doble sanción por un mismo hecho.
Asimismo, los magistrados consideraron que las maniobras acreditadas durante el proceso, que incluyeron inmovilización y utilización de fuerza física, excedieron cualquier procedimiento médico legítimo y configuraron una conducta penalmente reprochable.
El hecho investigado ocurrió en julio de 2018, en un centro médico de Lago Puelo. De acuerdo con la acusación fiscal sostenida durante el debate, el profesional habría utilizado su posición de autoridad y el contexto de la consulta para agredir sexualmente a la paciente y posteriormente amenazarla para procurar que guardara silencio.
Para determinar la pena también se tuvieron en cuenta el abuso de la función profesional, la magnitud del daño provocado y las secuelas psicológicas persistentes en la víctima, acreditadas mediante peritajes especializados en trauma.




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