


Jurado Popular declaró culpable a un hombre por violencia de género y abuso sexual en Esquel



En una decisión unánime, los 12 integrantes del Jurado Popular declararon culpable a Joaquín Cañumir por una serie de delitos vinculados a violencia de género y delitos contra la integridad sexual cometidos contra quien fuera su pareja en la ciudad de Esquel.
El veredicto fue emitido el jueves 25 de junio en la sala de audiencias de la Oficina Judicial. Tras la decisión, se realizó la audiencia de cesura, instancia en la que las representantes de la Agencia de Delitos en Contexto de Violencia de Género del Ministerio Público Fiscal solicitaron una pena de 10 años de prisión, mientras que la defensa requirió la aplicación del mínimo previsto por la legislación vigente.
Hasta la audiencia de lectura de la sentencia, programada para el 2 de julio, el condenado permanecerá con prisión preventiva.
Un contexto de violencia sostenida
Durante el juicio, la Fiscalía sostuvo que la relación estuvo marcada por un proceso creciente de violencia que se intensificó hacia finales de 2022. Según la acusación, el ahora condenado ejercía de manera sistemática violencia psicológica, física, económica y sexual, utilizando amenazas, coerción y hostigamiento para someter a la víctima.
El Ministerio Público expuso que este escenario afectó no solo a la mujer, sino también al entorno familiar, especialmente a sus dos hijas menores de edad, quienes convivían en el mismo domicilio.
Los hechos investigados
La acusación ubicó el episodio central de la investigación en la mañana del 27 de noviembre de 2022, cuando el imputado habría ingresado al domicilio en estado de ebriedad y obligado a la víctima a mantener relaciones sexuales sin consentimiento mediante el uso de violencia.
La investigación también indicó que la mujer intentó proteger en todo momento a sus hijas para evitar que presenciaran las agresiones. Horas más tarde, siempre según la acusación fiscal, se produjo un nuevo episodio de violencia física y verbal frente a las menores, donde el agresor habría golpeado e insultado a la víctima.
Violencia económica y daños laborales
La Fiscalía también incorporó a la acusación hechos vinculados con violencia económica, al señalar que el condenado destruyó el teléfono celular de la víctima, herramienta indispensable para desarrollar su actividad laboral.
Además, antes de abandonar la vivienda, le habría provocado lesiones en las manos, afectando directamente su capacidad para trabajar y generar ingresos.
Protección de las víctimas y perspectiva de género
El proceso judicial se desarrolló bajo los lineamientos establecidos por la Convención de Belém do Pará y la Ley Nacional 26.485, normas que garantizan la protección integral de las mujeres víctimas de violencia de género y orientan el abordaje judicial con perspectiva de derechos humanos.
En resguardo de la intimidad, seguridad y dignidad de las personas afectadas por delitos contra la integridad sexual, se preserva la identidad de la víctima y de las niñas involucradas, conforme a la legislación vigente.




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