La Justicia rechazó una restitución inmediata y priorizó la estabilidad emocional de un adolescente

Una jueza de Río Negro resolvió que un joven de 13 años continúe provisoriamente viviendo con su padre en el Alto Valle, pese al pedido de la madre para que regresara a El Bolsón. El fallo puso el foco en el interés superior del niño y en el impacto que tendría una restitución forzada.
 
El Bolsón 12 de mayo de 2026 Redacción

Un fallo judicial de Río Negro rechazó un pedido de restitución inmediata de un adolescente de 13 años a El Bolsón y priorizó, de manera provisoria, su permanencia junto a su padre en el Alto Valle, al considerar que una medida compulsiva podría afectar su estabilidad emocional.

El caso se originó a partir de un conflicto entre los progenitores por el lugar de residencia del menor. La madre promovió una medida autosatisfactiva ante el fuero Multifueros para exigir el regreso urgente del adolescente a El Bolsón, donde una sentencia vigente había fijado su centro de vida. Sostuvo que el padre incumplió el régimen de cuidado personal al no reintegrarlo tras una estadía acordada y calificó la situación como una retención ilegítima.

Además, remarcó que existía una resolución reciente que había rechazado un intento del progenitor de modificar el lugar de residencia del joven.

El padre, por su parte, reconoció que el adolescente no regresó en la fecha prevista, aunque argumentó que la situación debía analizarse a partir de un hecho posterior: la decisión del propio menor de permanecer viviendo con él. Según expuso, se trataba de una voluntad sostenida en el tiempo y vinculada a un contexto emocional complejo, por lo que el adolescente había iniciado tratamiento psicológico.

Durante el trámite intervino la Defensoría de Menores y se realizó una audiencia en la que el juzgado escuchó al adolescente. El organismo se pronunció a favor de la restitución inmediata al considerar que no existían elementos suficientes para justificar el apartamiento del centro de vida ya establecido y advirtió sobre el riesgo de trasladar al menor la responsabilidad de elegir entre sus padres.

Sin embargo, la jueza decidió apartarse de ese criterio. Si bien reconoció que la conducta del padre aparecía como contraria al régimen vigente, evaluó el cuadro integral del conflicto y los posibles efectos de una restitución forzada.

En ese análisis tuvo especial relevancia la opinión del adolescente. El fallo valoró su edad, el grado de madurez demostrado y la coherencia de sus manifestaciones a lo largo del tiempo. También consideró el contexto familiar expuesto durante la audiencia y señaló que no surgían indicios de manipulación o influencia indebida sobre su postura.

A partir de esos elementos, el juzgado concluyó que ordenar el regreso inmediato podría profundizar el conflicto familiar y generar un impacto negativo en la estabilidad emocional del joven. Por esa razón, rechazó la restitución solicitada.

La resolución no define aún el fondo de la disputa. El expediente principal sobre el cuidado personal continúa en trámite y será allí donde se determine de manera definitiva el lugar de residencia del adolescente.

Mientras tanto, el fallo dispuso que el menor permanezca provisoriamente junto a su padre y ordenó garantizar el vínculo con la madre mediante un régimen de comunicación equivalente al que anteriormente tenía el progenitor.

Además, la Justicia dispuso la intervención de un equipo técnico interdisciplinario para evaluar la dinámica familiar, las condiciones de convivencia y la evolución del vínculo del adolescente con ambos padres, con el objetivo de aportar mayores elementos al proceso principal.

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