Ordenaron el retiro del carnet de conducir y la suspensión de la línea telefónica por no pagar la cuota alimentaria

El retiro del carnet de conducir y la suspensión de líneas telefónicas fueron las medidas dispuestas contra un padre de Cipolletti que no acreditó el pago de una cuota alimentaria fijada a favor de su hija menor de edad.
Río Negro25 de marzo de 2026 Redacción
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En el marco de un expediente de familia, una jueza de Cipolletti ordenó el retiro del carnet de conducir y la suspensión de líneas telefónicas de un hombre que no acreditó el pago de la cuota alimentaria fijada para su hija menor. Las medidas buscan garantizar el cumplimiento de una obligación vigente y previamente homologada.

La magistrada dispuso también la inscripción del progenitor en el Registro Provincial de Deudores Alimentarios, luego de constatar que no cumplió con un convenio alimentario y que tampoco respondió a una intimación realizada el año pasado. Ante la persistencia del incumplimiento, se hicieron efectivos los apercibimientos anunciados.

El hombre presentó un recurso de revocatoria con apelación en subsidio, alegando que las sanciones no resultarían eficaces y que su situación económica —según dijo, basada en trabajos informales y desempleo— le impedía abonar la cuota. También cuestionó la valoración de la prueba y pidió un plazo para regularizar una parte de la deuda.

La madre de la niña respondió que la cuota continúa vigente y que el padre nunca inició un trámite judicial para modificarla. La Defensora de Menores coincidió en mantener las medidas, señalando que están previstas en la normativa y dentro de las facultades del Poder Judicial para asegurar el pago de alimentos.

Al analizar la apelación, la Cámara de Apelaciones local destacó que la resolución fue consecuencia directa de una intimación previa que quedó firme y que, por lo tanto, no correspondía impugnar ahora las medidas derivadas. Recordó además que el derecho alimentario de niños, niñas y adolescentes goza de protección constitucional y que la cuota no puede alterarse por simples manifestaciones unilaterales del progenitor.

Con estos argumentos, la Cámara rechazó el recurso y confirmó la decisión de primera instancia, incluyendo el retiro de la licencia de conducir y la suspensión de las líneas telefónicas.

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