


Golpeó a su expareja, intentó abusarla y la dejó en el hospital, pero no irá preso



El Foro de Jueces Penales de la Tercera Circunscripción Judicial de Bariloche dictó sentencia definitiva en un caso de tentativa de abuso sexual y lesiones leves, ocurridos en la localidad de El Bolsón en octubre de 2024. El fallo, enmarcado en un acuerdo de juicio abreviado, impuso al imputado una pena de tres años de prisión de ejecución condicional, con estrictas pautas de conducta orientadas a la prevención de nuevos hechos de violencia.
Según la acusación del Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió en horas de la madrugada del 23 de octubre de 2024, en el interior de un domicilio particular. El imputado, en ese momento pareja de la víctima, intentó forzar un acceso sexual no consentido, hecho que no se consumó debido a la resistencia de la mujer, quien además fue golpeada en el rostro, resultando con lesiones leves constatadas médicamente.
La víctima fue asistida en el hospital local, mientras que el agresor se retiró del lugar. Las actuaciones policiales, informes médicos y declaraciones testimoniales incorporadas al expediente permitieron acreditar la existencia del hecho y la autoría penalmente responsable del acusado.
El fiscal del caso, Francisco Arrien, calificó el hecho como abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa, en concurso real con lesiones leves agravadas por el contexto de violencia de género y por la relación de pareja preexistente. El encuadre legal se apoyó en los artículos 42, 45, 55, 89, 92, 80 incisos 1° y 11°, y 119 del Código Penal.
Las partes acordaron una pena de tres años de prisión condicional, que fue homologada por el Tribunal tras confirmar que el imputado admitió su responsabilidad y comprendió los alcances del acuerdo, incluyendo la calificación legal, la pena y las consecuencias jurídicas.
Además de la condena, el Tribunal impuso al imputado pautas de conducta por el término de tres años, bajo apercibimiento de revocar el beneficio en caso de incumplimiento.
El Tribunal también ordenó la inscripción de la condena en el Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual (ReProCoIns).
La víctima fue debidamente notificada y se le informó sobre sus derechos respecto al control de la ejecución de la pena, conforme lo establece el artículo 11 bis de la Ley 24.660.




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