La Justicia protegió a dos niños ante el abandono de su padre

El fallo se aplica para dos menores de El Bolsón y revoca una sentencia previa, priorizando el bienestar infantil.

29 de marzo de 2025 Redacción
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Ante la situación de abandono y sostenido desinterés, sumado al maltrato económico y psicológico ejercido hacia sus hijos por parte del padre, una mujer solicitó judicialmente la privación de la responsabilidad parental. La gestión, realizada con el respaldo de la Defensa Pública de El Bolsón, incluyó la apelación de una decisión previa desfavorable.

En sus argumentos, el defensor oficial civil expuso múltiples ejemplos de la negligencia del progenitor, señalando que los niños eran frecuentemente expuestos a situaciones de riesgo. Asimismo, destacó el incumplimiento sistemático del pago de la cuota alimentaria, lo que provocó que la madre asumiera en solitario la totalidad de los cuidados y la carga económica. En este contexto, la mujer enfrenta una situación de subsistencia agravada por la conducta del padre.

El representante de la Defensa argumentó que "no estamos ante un progenitor que incumple por falta de posibilidades, sino ante alguien que, de manera consciente y deliberada, decide abdicar totalmente de sus deberes de crianza, alimentación y educación". Además, enfatizó que "su desinterés absoluto es lo que configura el abandono".

El abandono también se reflejaba en la falta de cuidados adecuados cuando los niños estaban bajo su custodia, así como en su negativa a contribuir económicamente a su crianza. Todo esto mientras el hombre desarrollaba su labor artística circense en distintos puntos del país. De manera paralela, existen otros expedientes en curso por incumplimiento reiterado de los aportes alimentarios.

Inicialmente, el pedido fue rechazado por falta de pruebas que justificaran una medida de esta magnitud. Sin embargo, la madre apeló ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia y Minería de Bariloche, que revocó el fallo previo, considerando los continuos incumplimientos y el evidente desinterés del padre por el bienestar de sus hijos.

El Tribunal puso especial énfasis en la conducta del progenitor y en su falta de respuesta tanto en la etapa de demanda como en la apelación, lo que interpretaron como una clara muestra de su desinterés. A su vez, valoraron la capacidad de la madre para brindar un entorno estable y protector, a pesar de sus dificultades económicas.

"Tal vez el padre tenga una personalidad bohemia y disfrute de una vida austera. Sin embargo, es responsable de un hijo adolescente y una hija próxima a serlo, con necesidades e intereses propios que deben ser atendidos. La paternidad implica responsabilidades que trascienden lo personal y deben ser satisfechas, incluso a costa de renunciamientos individuales", sostuvo el fallo de la Cámara.

La voz de los niños, clave en la resolución

Un aspecto central en la decisión judicial fue la opinión de los propios niños, expresada en audiencia con la jueza de primera instancia. Ambos manifestaron de manera contundente su deseo de permanecer bajo el cuidado exclusivo de su madre. La Cámara reconoció la importancia de escuchar y valorar sus voces, en línea con el principio del interés superior del niño, establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño.

Esta sentencia marca un precedente relevante en la protección de los derechos de los niños y en la consideración de su opinión en procesos judiciales. Asimismo, resalta la importancia del compromiso y la responsabilidad parental en el ejercicio de los derechos y deberes derivados de la paternidad.

¿Dónde acudir en El Bolsón ante situaciones similares?

Las personas que necesiten asesoramiento en casos similares pueden dirigirse al edificio ubicado en Ruta 40 Acceso Norte esquina Juan B. Justo o comunicarse al teléfono (0294) 4491998.

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