


Reconocen a una perra como ser sintiente y no como objeto: se fijó un régimen de comunicación tras la ruptura de una pareja



Un innovador pronunciamiento del Juzgado de Familia de Viedma hizo lugar parcialmente a una demanda por el vínculo con una perra tras la ruptura de una pareja, y marcó un criterio clave: los animales no pueden ser tratados únicamente como cosas.
El caso giró en torno a una convivencia de casi una década entre una pareja y una perra de gran tamaño y edad avanzada, que había sido criada como parte del proyecto de vida en común.
De “objeto” a ser sintiente: el eje del fallo
La sentencia se apoya en una discusión cada vez más presente en el ámbito judicial: la consideración de los animales como seres sintientes, capaces de sentir, generar apego y establecer vínculos afectivos.
La magistrada sostuvo que el Código Civil y Comercial aún los ubica como “cosas muebles”, pero remarcó que esa clasificación resulta insuficiente frente a la evolución social y jurídica. En su argumentación expresó que corresponde apartarse de esa mirada tradicional para incorporar el concepto de sintiencia animal.
Una vida compartida y un vínculo socioafectivo consolidado
Durante el proceso se acreditó que la perra fue criada por ambas personas desde cachorra, con participación conjunta en su cuidado, alimentación y atención veterinaria.
La jueza destacó la existencia de un vínculo socioafectivo profundo, enmarcado en la noción de familia multiespecie y en la valoración del afecto por sobre la propiedad.
Incluso se citaron antecedentes jurisprudenciales y doctrinarios que refuerzan la idea de que los animales pueden experimentar dolor, placer y lazos emocionales.
La propiedad deja de ser el eje central
Uno de los puntos más relevantes del fallo es que la jueza descartó que la titularidad o “propiedad” del animal sea determinante.
Aunque se probó que la perra había sido entregada originalmente a una de las partes, la sentencia sostuvo que ese dato no define el conflicto, ya que lo central es el vínculo construido a lo largo del tiempo.
En ese sentido, se remarcó que no corresponde tratar a la perra como un objeto de disputa, sino como un ser sintiente con necesidades propias.
El bienestar animal como prioridad judicial
El fallo también puso el foco en el bienestar de la perra, que tiene diez años, gran tamaño y dificultades de traslado.
Por ello, la jueza determinó que cualquier decisión debía priorizar su estabilidad emocional y física, por encima de los intereses de las partes.
El criterio adoptado se basó en el principio del bienestar animal, entendido como eje rector en conflictos familiares donde intervienen mascotas.
Un régimen de comunicación para sostener el vínculo
Finalmente, la resolución estableció un régimen de comunicación que replica el esquema que ambas personas venían utilizando de manera informal:
- La perra permanecerá una semana con una de las partes y dos semanas con la otra.
- Ambos deberán informarse sobre su estado de salud y atención veterinaria.
- Los gastos de traslado serán compartidos en partes iguales.
La jueza concluyó que esta modalidad es la que mejor preserva tanto el vínculo afectivo como el bienestar del animal, consolidando un precedente relevante en materia de derechos de los animales, familia multiespecie y régimen de comunicación con mascotas.




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