


Condenado por atacar a su propio padre: admitió cinco delitos y evitó la cárcel en Cholila





En una audiencia considerada clave para resolver una serie de episodios de violencia familiar y desobediencia judicial ocurridos en Cholila, Jonathan Jairo Fernández fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional luego de reconocer su responsabilidad en cinco hechos delictivos cometidos entre noviembre y diciembre de 2024.
La sentencia se concretó mediante un juicio abreviado, mecanismo que permitió evitar la realización de un juicio oral y público tras el reconocimiento de los hechos por parte del acusado. El acuerdo alcanzado entre la Fiscalía y la defensa fue homologado por el juez interviniente.
Cinco delitos y un dato que agravó el caso: la víctima era su padre
Uno de los aspectos más relevantes de la causa es que la mayoría de los hechos por los que Fernández fue condenado tuvieron como víctima a su propio padre, en el marco de una escalada de violencia familiar que derivó en reiteradas intervenciones judiciales.
Durante la audiencia, el fiscal general Nicolás Vasiliev detalló las pruebas reunidas durante la investigación y explicó que el acusado admitió su responsabilidad legal y material en cada una de las imputaciones.
El episodio de mayor gravedad fue calificado como lesiones leves agravadas por el vínculo en concurso con desobediencia, una figura penal que contempla especialmente los hechos de violencia ejercidos contra familiares directos. Según se informó, el ataque ocurrió durante una discusión en la que ambas partes resultaron lesionadas.
Además, la condena incluyó varios incumplimientos de órdenes judiciales que le prohibían acercarse a la víctima, medidas que habían sido dictadas precisamente para proteger a su padre de nuevos episodios de violencia.
Las condiciones para evitar la prisión efectiva
A pesar de la gravedad de los hechos reconocidos, Fernández no irá a prisión siempre que cumpla estrictamente las condiciones impuestas por la Justicia durante los próximos tres años.
Entre ellas se destacan:
- Mantener una residencia fija y comunicar cualquier cambio de domicilio.
- Presentarse cada seis meses ante el Juzgado de Paz de Cholila.
- No acercarse a menos de 100 metros de la víctima ni contactarla por ningún medio.
- Abstenerse del consumo abusivo de alcohol y de sustancias estupefacientes.
- No cometer nuevos delitos.
Cualquier incumplimiento podría derivar en la revocación del beneficio y en el cumplimiento efectivo de la pena de prisión.
La advertencia del juez
Antes de cerrar la audiencia, el magistrado enfatizó que la prohibición de acercamiento seguirá vigente aun cuando fuera la propia víctima quien intentara establecer contacto con el condenado.
Finalmente, dirigió una advertencia clara a Fernández sobre las consecuencias de incumplir las reglas impuestas:
"El suspenso es condicional. Si cumplís las condiciones, sigue en suspenso; si no, la pena será de prisión efectiva".
Fuente: EQS.




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