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title: "Condenan a tres años de prisión en suspenso a un hombre por abuso sexual de una niña en Lago Puelo"
article_type: "Article"
description: "La Justicia de Chubut condenó a José Luis Nahuelmilla por abuso sexual simple contra una niña, en hechos reiterados entre 2017 y 2022. La declaración de la víctima en Cámara Gesell fue clave."
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date_published: "2026-09-25T07:32:00-03:00"
date_modified: "2026-09-25T07:35:00-03:00"
tags:
  - "Abuso sexual infantil"
  - "Fiscalía de Lago Puelo"
  - "Lago Puelo"
  - "Ministerio Público Fiscal"
  - "Prisión en suspenso"
author_name: "Redacción"
category_name: "Lago Puelo"
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category_description: "Lago Puelo"
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# Condenan a tres años de prisión en suspenso a un hombre por abuso sexual de una niña en Lago Puelo

![abuso-infantil-1](/download/multimedia.normal.aa1baea83be6b2b5.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

La Justicia de Chubut condenó a **José Luis Nahuelmilla** tras considerarlo responsable del delito de **abuso sexual simple** en perjuicio de una niña, por hechos que se produjeron de manera reiterada entre los años **2017 y 2022 en Lago Puelo**.

Según informó la **Fiscalía**, el tribunal unipersonal consideró probado que el condenado se aprovechó de la relación de confianza que mantenía con la familia de la víctima y de la situación de vulnerabilidad de la niña.

La sentencia estableció una pena de **tres años de prisión de ejecución condicional**, sujeta al cumplimiento de determinadas pautas de conducta destinadas, entre otros aspectos, a garantizar la protección de la víctima.

## La declaración en Cámara Gesell fue clave

Uno de los elementos centrales valorados por el magistrado fue el testimonio de la víctima, actualmente adolescente, brindado mediante **Cámara Gesell**.

El fallo calificó su declaración como **coherente, precisa y persistente**. La joven relató que los tocamientos comenzaron cuando tenía entre **9 y 11 años**.

La Justicia también descartó los argumentos planteados por la defensa, que había solicitado la absolución y sostenido la existencia de un supuesto vínculo cercano entre el acusado y la víctima.

En ese sentido, la resolución remarcó que los actos tuvieron **contenido sexual y fueron realizados de manera intencional**. Además, recordó que los menores de 13 años no pueden brindar un consentimiento válido frente a este tipo de situaciones, de acuerdo con lo establecido por la legislación penal.

## Abuso de confianza y consecuencias para la víctima

Al momento de establecer la pena, el tribunal tuvo en cuenta distintas circunstancias vinculadas con el caso. Entre ellas, el **abuso de confianza y la vulnerabilidad** de la niña.

El condenado mantenía una relación cercana con la familia y un trato frecuente, situación que, de acuerdo con la sentencia, le permitió ocupar una posición de especial confianza que luego utilizó para cometer los hechos.

También se consideró el **daño psicológico y la afectación de la vida cotidiana** provocados por la reiteración de los abusos. Según el fallo, la víctima desarrolló un sentimiento permanente de temor que condicionó su vida cotidiana y su desarrollo psicofísico.

Para el encuadre del caso, el magistrado aplicó además las disposiciones de la **Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres**, al considerar que los hechos constituyeron una manifestación de violencia sexual en un contexto de desigualdad de poder.

La condena fue establecida como **de ejecución condicional**, por lo que el acusado deberá cumplir las pautas de conducta fijadas judicialmente.

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