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title: "Deberá pagar casi $2.000.000 por los daños ocasionados a una moto"
article_type: "Article"
description: "El hecho ocurrió en El Bolsón tras un altercado entre las partes, que ya mantenían conflictos previos considerados de “larga data”. Las imágenes de las cámaras de seguridad fueron claves que resolver el incidente."
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date_published: "2026-09-21T07:52:00-03:00"
date_modified: "2026-09-21T08:00:56-03:00"
tags:
  - "El Bolsón"
  - "Juzgado de Paz"
  - "Ministerio Público Fiscal"
author_name: "Redacción"
category_name: "El Bolsón"
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category_description: "El Bolsón"
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# Deberá pagar casi $2.000.000 por los daños ocasionados a una moto

![fiscalia el bolson nov](/download/multimedia.normal.8f149c3e5e4aab23.ZmlzY2FsaWEgZWwgYm9sc29uIG5vdl9ub3JtYWwud2VicA%3D%3D.webp)

Un **conflicto entre dos personas en El Bolsón** terminó con una condena judicial por los daños provocados a una motocicleta. El **Juzgado de Paz** consideró acreditada la responsabilidad del demandado a partir de distintas pruebas, entre ellas una grabación de una cámara de seguridad que permitió reconstruir la secuencia del hecho.

La demanda había sido iniciada por el propietario de la **motocicleta**, quien reclamó una indemnización por los daños que, según planteó, había sufrido el vehículo en un siniestro vial, además de los gastos vinculados con la pérdida de la patente.

### La ausencia del demandado

Durante el proceso, la parte demandada fue citada a una audiencia, pero **se presentó cuando ya había finalizado**. Tampoco concurrió posteriormente a las audiencias testimoniales ni asistió el testigo que había ofrecido.

El juzgado había dispuesto una nueva oportunidad para que pudiera ejercer su defensa y recibir el testimonio propuesto. Sin embargo, **ninguna de las dos personas se presentó**.

Para resolver el caso, la Justicia analizó la documentación incorporada al expediente, el **testimonio de una persona que observó los momentos previos y posteriores al episodio** y, especialmente, las imágenes de una **cámara de seguridad** ubicada frente al lugar donde ocurrió el hecho.

### Las cámaras permitieron reconstruir el episodio

Según surge de la sentencia, antes del impacto se produjo un **altercado entre el propietario de la moto y una mujer**. Un testigo declaró que observó esa situación y posteriormente vio la motocicleta en el suelo, aunque no llegó a presenciar directamente la colisión.

Su relato coincidía con lo registrado por la cámara de seguridad. Las imágenes **permitieron reconstruir la secuencia** y determinar la maniobra realizada por el automóvil contra la motocicleta.

La sentencia también tuvo en cuenta las actuaciones de la **Fiscalía Descentralizada de El Bolsón**, donde constaban antecedentes de conflictos considerados de “larga data” entre las partes.

### Una condena de $1.911.000

El juzgado recordó además que la **ausencia injustificada de la parte demandada** a la audiencia preliminar puede tener consecuencias dentro del proceso. De acuerdo con el artículo 806 del Código Procesal Civil y Comercial, esa incomparecencia puede ser considerada como un reconocimiento de la verdad de los hechos planteados por la otra parte.

En este caso, esa circunstancia fue valorada junto con el resto de las pruebas incorporadas al expediente. La Justicia consideró acreditada la participación y responsabilidad del demandado.

Finalmente, el juzgado reconoció un **presupuesto de $1.911.000 correspondiente a la reparación de la motocicleta** y condenó al demandado a pagar esa suma, más los intereses correspondientes. El pago deberá realizarse dentro de los diez días de notificada la sentencia.

Además, la resolución dispuso extender las **restricciones de acercamiento entre las partes**, que habían sido establecidas a raíz de los conflictos previos, hasta el 18 de septiembre de 2027, con posibilidad de renovación si fuera necesario.

*Fuente: El Cordillerano.*

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