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title: "Fue atacada por dos perros y atravesó cuatro cirugías: responsabilizaron a la dueña de los animales"
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description: "La víctima sufrió graves lesiones en una pierna, necesitó un injerto de piel y recibió asistencia por estrés postraumático. La Justicia fijó una indemnización de $20.818.991. La sentencia de primera instancia todavía puede ser apelada."
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date_published: "2026-09-03T09:13:00-03:00"
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tags:
  - "Ataque de perros"
  - "Justicia"
  - "Poder Judicial de Río Negro"
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category_name: "San Carlos de Bariloche"
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# Fue atacada por dos perros y atravesó cuatro cirugías: responsabilizaron a la dueña de los animales

![Imagen de Codex 3 sept 2026, 09_17_47](/download/multimedia.normal.966f57e0d49a425a.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Foto ilustrativa*

Una caminata por una calle de Bariloche terminó con un violento ataque, heridas profundas y un prolongado proceso de recuperación. Dos perros salieron de una propiedad y se abalanzaron sobre una mujer. Uno de ellos la derribó y la mordió con tal fuerza en la pierna izquierda que debió someterse a cuatro cirugías, incluido un injerto de piel.

Un fallo del Poder Judicial de Río Negro consideró acreditado que los animales pertenecían a la mujer demandada y la responsabilizó por las consecuencias del episodio.

## El ataque

El hecho ocurrió sobre la avenida Tres Lagos, a la altura del kilómetro 15,355. Según relató la víctima en su demanda, los dos perros salieron de una propiedad cuando ella caminaba por el lugar.

Uno de los animales era más alto y llevaba un collar verde gastado. El otro era más bajo y robusto. Este último le tiró del pantalón, le trabó el paso hasta hacerla caer y después la mordió en la parte posterior de la pierna izquierda. La lesión comprometió la piel, los tejidos y los ligamentos.

Una persona que circulaba por el sector la ayudó. Poco después, uno de sus hijos la trasladó hasta la guardia del Sanatorio San Carlos. La gravedad de la herida obligó a realizar una primera intervención quirúrgica a las pocas horas y otras operaciones posteriores.

Dos meses después del ataque, la mujer recibió un autoinjerto de piel. Durante varias semanas tuvo que continuar con curaciones y tratamientos médicos.

Las consecuencias también alcanzaron su vida emocional y laboral. Recibió asistencia psicológica por estrés postraumático y durante aproximadamente dos meses y medio no pudo desarrollar con normalidad su actividad profesional.

## La reconstrucción del episodio

El caso motivó la intervención de la Fiscalía y del área de Zoonosis de la Municipalidad de Bariloche. Más tarde, la víctima presentó una demanda por daños y perjuicios contra la mujer a la que atribuía la propiedad o el cuidado de los perros.

La demandada negó tener responsabilidad. Aseguró que los animales no eran suyos y sostuvo que en la zona había otros perros negros que podían coincidir con la descripción realizada por la víctima. También indicó que había sido sobreseída por el Tribunal de Faltas municipal porque en aquella instancia no se había podido determinar con certeza quién era el propietario de los canes.

Durante el juicio se presentó una dificultad central: nadie había presenciado el momento exacto de la mordedura y tampoco existía una prueba directa que permitiera identificar al animal que había causado las lesiones.

Sin embargo, los testimonios de varios vecinos permitieron reconstruir lo que ocurría habitualmente en esa cuadra. Una testigo declaró que conocía desde hacía unos cinco años a dos perros negros que permanecían en el sector y solían salir a la calle desde la propiedad de la demandada. Agregó que uno de ellos era más agresivo y que no había otros animales de características similares sueltos en la misma cuadra.

Otro vecino contó que había protagonizado distintos incidentes con dos perros negros que salían de esa vivienda con actitud de ataque. Un tercer testimonio indicó que los animales podían escapar por los costados aun cuando el portón estuviera cerrado.

## Indicios “precisos y concordantes”

El juez Civil interviniente consideró que las declaraciones de los vecinos eran coincidentes y estaban respaldadas por las restantes pruebas incorporadas al expediente. También valoró que la demandada hubiera asegurado que no tenía perros al momento del ataque, pese a que otros elementos demostraban la presencia de animales en el domicilio.

La sentencia tuvo en cuenta, además, que dos perros fueron registrados pocos días después del episodio. Aunque no pudo establecerse que fueran exactamente los mismos animales, el dato se incorporó al conjunto de indicios analizados.

El fallo reconoció expresamente que no existía una prueba directa capaz de demostrar que uno de los perros de la demandada había provocado la mordedura. Para el magistrado, esa ausencia no impedía determinar la responsabilidad: los testimonios y las demás pruebas formaron una serie de indicios “precisos y concordantes” que permitieron atribuirle la pertenencia de los animales.

La decisión también se apoyó en el régimen de responsabilidad objetiva previsto por el Código Civil y Comercial para los daños causados por animales. Bajo esas reglas, una vez comprobados el daño y su relación con el animal, no es necesario demostrar la culpa de su dueño o guardián.

El tribunal estableció una reparación de **$20.818.991**. De esa suma, **$10 millones corresponden al daño moral**, en consideración al impacto que el ataque y la recuperación tuvieron sobre la vida cotidiana, familiar, social y laboral de la víctima.

La sentencia fue dictada en primera instancia y todavía no se encuentra firme, ya que puede ser apelada.

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