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title: "El STJ revocó el fallo que ordenaba garantizar transporte escolar a un niño mapuche de El Bolsón"
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description: "El máximo tribunal de Río Negro hizo lugar a la apelación de la Fiscalía de Estado y dejó sin efecto la sentencia que obligaba al Ministerio de Educación a brindar el servicio de traslado hacia una escuela intercultural bilingüe."
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date_published: "2026-07-31T09:53:00-03:00"
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tags:
  - "El Foyel"
  - "Justicia"
  - "Ministerio de Educación"
  - "Superior Tribunal de Justicia"
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# El STJ revocó el fallo que ordenaba garantizar transporte escolar a un niño mapuche de El Bolsón

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro revocó el fallo que había ordenado al Ministerio de Educación garantizar el transporte escolar para un niño de la comunidad mapuche Las Huaytekas, de El Foyel, que asiste a la Escuela Intercultural Bilingüe N° 150 del paraje Los Repollos. La decisión dejó sin efecto la resolución dictada meses atrás por la jueza de El Bolsón Paula Bernardini.

El caso se inició luego de que la madre del niño presentara un recurso de amparo tras reiterados reclamos administrativos. Sostuvo que no contaba con otra forma de trasladar a su hijo hasta la institución educativa, donde además se enseña mapuzugun, y que el recorrido del transporte escolar solo debía extenderse unos tres kilómetros. El planteo había recibido el acompañamiento de la Defensoría de Menores e Incapaces y del Consejo de Desarrollo de Comunidades Indígenas (CODECI).

Sin embargo, la Fiscalía de Estado apeló la sentencia y argumentó que el menor podía asistir a otra escuela ubicada en El Foyel, correspondiente a su radio escolar, y que la normativa vigente sobre transporte escolar no obligaba al Estado a brindar el servicio solicitado.

El procurador general Jorge Crespo consideró que el fallo de primera instancia no había realizado un análisis adecuado de las pruebas y sostuvo que la acción de amparo no acreditó una arbitrariedad manifiesta por parte del Ministerio de Educación. Además, remarcó que la definición de las políticas educativas corresponde al Poder Ejecutivo y no al Judicial. Ese criterio fue compartido por el STJ, que finalmente revocó la sentencia favorable a la familia.

Con esta resolución, el máximo tribunal provincial dejó sin efecto la obligación impuesta al Ministerio de Educación de garantizar el transporte escolar hacia la Escuela Intercultural Bilingüe N° 150.

**Fuente:** Diario Río Negro.

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