


Sobreseyeron a un policía que mató a un poblador de Mallín Ahogado durante un allanamiento



Un oficial de la policía rionegrina que mató de dos balazos a un hombre e hirió de gravedad a su hijo cuando intentaba detener a este último en el paraje Mallín Ahogado, cerca de El Bolsón, resultó sobreseído este miércoles por el juez de garantías Víctor Gangarrosa, quien consideró justificado su accionar en ejercicio de la “legítima defensa”.
Fue la propia fiscal adjunta Daniela Ortiz Celoria quien resolvió no sostener la acusación por homicidio calificado y lesiones graves contra el policía Néstor Lamadrid y propuso su sobreseimiento.
Argumentó que las pericias, informes y testimonios colectados durante más de un año, la llevaron a concluir que el acusado actuó con “justificación plena” y las heridas mortales que ocasionó al poblador “no constituyen delito”.
Lamadrid había sido inculpado por los hechos que ocurrieron el 11 de agosto de 2024, cuando encabezó una comisión policial de varios efectivos que se presentaron a allanar una propiedad en el callejón Inalef, de Mallín Ahogado, con la orden de detener a Emanuel Mol Villa.
Según el relato esgrimido por la fiscal, Mol Villa intentó escapar, Lamadrid lo persiguió, lo inmovilizó en el suelo y en esa situación se le acercó su padre, Juan Carlos Villa, “con un cuchillo de grandes dimensiones”.
Disparó ante una amenaza
Al verse amenazado, el policía le disparó a corta distancia dos proyectiles que lo alcanzaron en el rostro y en el tórax, causándole la muerte.
A su vez Emanuel Mol habría intentado incorporarse y atacarlo con otra arma blanca. Lamadrid efectuó un tercer disparo contra el joven, quien sufrió lesiones graves “que pusieron en riesgo su vida”.
Según la fiscal Celoria, la acusación inicial varió una vez colectadas las pruebas, incluida el acta del procedimiento, que estuvo a cargo de Gendarmería. Entendió que Lamadrid actuó “en forma justificada, en cumplimiento del deber y en defensa propia”, ante la aproximación “violenta y armada” de la víctima, que lo puso ante un “peligro inminente”.
Sostuvo que antes de los disparos advirtió a los Villa con un “tranquilos muchachos”, según consta en un video incorporado al expediente. También alegó que el policía no podía ser acusado de tirar a matar en lugar de apuntar “a las piernas o a los brazos”, porque esto último no garantiza la neutralización del agresor.
Dijo que los instructivos de la policía para esos casos aconsejan disparar “al centro de masa”, es decir al tronco.
La fiscal entendió que la reacción del imputado fue “necesaria y proporcional”, al encontrarse “cercado por dos personas armadas con clara intención de herirlo gravemente o acabar con su vida”.
Celoria desistió entonces de acusar al policía y pidió su sobreseimiento, con la obvia adhesión del defensor, Damián Torres, quien insistió en que hubo una voz de alto que fue desoída, a la que siguieron los disparos.
Violencia institucional
Los querellantes Maximiliano Geido y Ezequiel Palavecino se opusieron de modo tajante al sobreseimiento, consideraron que una de las peritos que trabajó en el caso apenas habla de un “resultado preliminar” y que todas las dudas sobre lo ocurrido deberían ser expuestas y contrastadas en un debate oral.
“Nos da una secuencia fáctica muy distinta a loa que usó la acusación” dijo Palavecino, quien acusó a la fiscal de sostener “un recorte selectivo de la evidencia” y de no cumplir con su “deber de objetividad”.
Según el abogado de las víctimas, lo que ocurrió en Mallín Ahogado fue “un fusilamiento”, que encuadró en “el extremo de la violencia institucional”.
Dijo que la resistencia planteada por Maximiliano Mol Villa al ser abordado dentro de su propiedad no es delito, lo mismo que la portación de un cuchillo, ya que “estaban comiendo un asado”. Sostuvo que la causal de justificación “no está acreditada”.
El juez Gangarrosa no atendió las razones de los querellantes y subrayó “la decisión de la fiscalía de no seguir adelante”, de modo que si el juicio continúa sería sin la participación del Ministerio Público.
Comunicó su decisión de sobreseer a Lamadrid y sostuvo que “queda la posibilidad de que la parte querellante continúe con el caso” mediante recursos en otras instancias, lo cual eso salvaguarda el “derecho de las víctimas”.
Fuente: Río Negro.




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