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El gobernador Alberto Weretilneck presentó un proyecto de ley ante la Legislatura provincial con el objetivo de realizar importantes modificaciones a la Ley I Nº 3.396, conocida comúnmente como "Ley Pierri". Esta ley, que en su origen buscaba regularizar la situación dominial de inmuebles urbanos, se ampliará para incluir también a inmuebles rurales bajo su cobertura.
04 de septiembre de 2024 Redacción


El proyecto de ley asignará al Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda (IPPV) el rol de Autoridad de Aplicación. Esta designación está destinada a mejorar la eficiencia en la implementación de la ley, garantizando una mejor gestión y agilización de los trámites para que más familias rionegrinas puedan acceder a la titularidad de sus propiedades.
Las modificaciones propuestas también se destacan la inclusión de áreas suburbanas y subrurales, así como el otorgamiento de beneficios a agricultores y productores familiares respecto de los inmuebles rurales donde residan y produzcan. El proyecto, que cuenta con el acuerdo general de Ministros, busca una sanción rápida en la Legislatura provincial.
El Gobernador Weretilneck destacó la importancia de estas modificaciones, señalando que "permitirán dotar al procedimiento de regularización dominial de una estructura organizativa más adecuada y conducente, favoreciendo a las familias rionegrinas en la obtención de sus títulos de propiedad con mayor celeridad".
El proyecto propone que el IPPV sea designado como la nueva Autoridad de Aplicación de la Ley. Este cambio se realiza debido a que el organismo cuenta con una estructura y competencias más adecuadas para gestionar los procesos de regularización dominial, particularmente en inmuebles destinados a vivienda única.
La modificación extiende el alcance de la ley para que también puedan acogerse a sus beneficios los inmuebles rurales. Esto permitirá a agricultores y productores familiares regularizar las propiedades rurales donde viven y trabajan, una posibilidad que anteriormente estaba limitada a áreas urbanas.
Se introduce la facultad para que la Autoridad de Aplicación pueda considerar áreas suburbanas o subrurales como urbanas o rurales para efectos de la ley. Esta flexibilidad es clave en zonas donde existen asentamientos poblacionales sin una delimitación clara dentro de los ejidos municipales, facilitando así la regularización.
Se permitirá a la Autoridad de Aplicación confeccionar planos de mensura y realizar tasaciones de los inmuebles para facilitar su regularización, agilizando así los trámites necesarios para que los beneficiarios puedan acceder al título de propiedad.
La modificación también apunta a facilitar la inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble mediante la simplificación del proceso notarial, lo que permitirá iniciar el cómputo del plazo de prescripción breve con mayor agilidad y garantizar mayor seguridad jurídica a los titulares dominiales.



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