Frenan la mudanza de dos niños fuera de Río Negro tras una presentación urgente de la madre

La Justicia de Familia de El Bolsón ordenó impedir que dos menores sean trasladados a otra provincia junto a su padre. La medida cautelar fue dictada de urgencia ante el riesgo de una modificación unilateral del centro de vida de los niños y contempla controles de organismos provinciales y nacionales.
 
El Bolsón 11 de junio de 2026 Redacción

Una jueza del fuero de Familia de El Bolsón ordenó impedir que dos niños salgan de Río Negro y prohibió cualquier modificación de su centro de vida, luego de una presentación urgente realizada por la madre ante la inminencia de un traslado a otra provincia dispuesto por el padre.

Según surge del expediente, la mujer denunció que el progenitor tenía decidido radicarse en las próximas horas en una localidad ubicada a más de 1.000 kilómetros de distancia junto a los menores, quienes se encontraban bajo su cuidado de hecho. También sostuvo que el hombre había comunicado esa decisión a familiares y que el cambio implicaría un profundo alejamiento de los niños respecto de su entorno afectivo y social.

La madre explicó que desde hacía tiempo existían conflictos vinculados al ejercicio de la responsabilidad parental y al contacto con sus hijos. En ese contexto, señaló que una de las niñas no mantenía vínculo con ella desde septiembre de 2024 y que distintos organismos estatales ya habían intervenido en la situación familiar. Además, mencionó antecedentes judiciales entre ambas partes.

De acuerdo con la presentación, tomó conocimiento de la mudanza a través de audios enviados por el padre a otra de sus hijas. En esos mensajes, según relató, el hombre daba por definido el traslado e incluso manifestaba desconocer si regresarían a Río Negro.

Ante esa situación, solicitó una medida cautelar autónoma, una herramienta preventiva y provisoria destinada a resguardar derechos y evitar daños mientras se tramita o incluso antes de iniciarse un proceso judicial principal.

El Defensor de Menores intervino en el caso y se pronunció a favor del pedido. Al analizar la situación, la magistrada consideró acreditado el vínculo filial y valoró los antecedentes existentes entre las partes. Si bien no fue posible acceder al enlace donde se encontraban los audios aportados por la mujer, entendió que la cercanía de la fecha prevista para el viaje y el contexto del conflicto justificaban una respuesta inmediata.

En su resolución, recordó que la responsabilidad parental corresponde a ambos progenitores y que ninguno puede decidir unilateralmente un cambio de centro de vida de los hijos sin acuerdo de la otra parte o autorización judicial.

La jueza advirtió además que el eventual traslado podía afectar la estabilidad emocional, familiar y habitacional de los niños. Por ello, dispuso que continúen radicados en Río Negro y ordenó comunicar la medida de manera urgente a la Policía de Río Negro, Gendarmería Nacional, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) y otros organismos de control para garantizar su cumplimiento.

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